Casanova
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Abogados en Tijuana B.C. Mexico
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REQUISITOS PARA MAYORES DE EDAD PARA
TRAMITAR PASAPORTE POR PRIMERA VEZ
Los requisitos que deberán cumplir los
mexicanos, mayores de 18 años de edad,
para obtener un pasaporte ordinario
mexicano son los siguientes:
I.
Acudir personalmente a cualquier
Delegación de la SRE u Oficina de
Enlace.
En virtud de ser un trámite
personalísimo, la presencia del
interesado es de suma importancia, por
lo que deberá asistir a cualquiera de
nuestras Delegaciones u Oficinas de
Enlace para realizar el trámite.
II.
Llenar a mano, con tinta negra y letra
de molde, la Solicitud de Pasaporte
Ordinario Mexicano (OP5).
III. Acreditar la nacionalidad
mexicana mediante la presentación y,
en su caso, la entrega de cualquiera
de los siguientes documentos:
1.Acta de nacimiento, emitida y
certificada por el Oficial del
Registro Civil o por los Consulados o
Secciones Consulares de las
Representaciones Diplomáticas de
México en el Exterior. Si el acta de
nacimiento emitida o certificada por
el Oficial del Registro Civil es de
registro extemporáneo (registro
posterior a 1 año del nacimiento) Ver
documentación complementaria, la SRE
se reserva el derecho de verificar su
autenticidad ante el Registro Civil
que corresponda o, en su caso, el
interesado podrá aportar pruebas que
el Delegado de la SRE o titular de la
Oficina de Enlace le indique;
2.Certificado de nacionalidad mexicana;
3.Declaratoria de nacionalidad
mexicana;
4.Carta de naturalización, o
5.Cédula de identidad ciudadana,
emitida por la Secretaría de
Gobernación.
Nota: Los documentos que
contengan alteraciones, tachaduras,
enmendaduras o sean ilegibles,
carecerán de validez.
IV.
Presentar una de las siguientes
identificaciones oficiales con
fotografía:
1.Pasaporte Mexicano;
2.Credencial de elector;
3.Certificado de estudios;
4.Certificado escolar vigente, el cual
deberá contener fotografía con sello
oficial (el sello deberá incluir el
número de incorporación a la SEP) de
la institución emisora sobre la misma,
firma y cargo de quien lo expide;
5.Cédula profesional;
6.Título profesional;
7.Carta de pasante que contenga
fotografía y sello oficial sobre la
misma de la institución emisora, firma
y cargo de quien la expide;
8.Credencial vigente de servicios
médicos de una Institución Pública de
Salud o Seguridad Social, con
fotografía, sello sobre la fotografía,
firma y cargo de quien la expide. NO
SE ACEPTAN CARNETS DE CITAS;
9.Credencial de trabajo vigente de
Dependencia o Entidad Gubernamental;
10.Credencial del INAPAM (Instituto
Nacional de las Personas Adultas
Mayores, antes INSEN);
11.Credencial para jubilados y
pensionados;
12.Carta de naturalización;
13.Declaratoria de nacionalidad
mexicana por nacimiento;
14.Certificado de nacionalidad
mexicana;
15.Cédula de Identidad Ciudadana,
emitida por SEGOB conforme al artículo
107 de la Ley General de Población;
16.Matrícula consular, o
17.Cartilla del Servicio Militar
Nacional Liberada.
NOTA.- El nombre asentado en la
identificación que presente deberá
concordar fielmente con el asentado en
el documento con el que se acredite la
nacionalidad del interesado.
V.
Entregar mínimo dos fotografías a
color, tamaño pasaporte (4.5 x 3.5
cm.):
De frente, fondo blanco, cabeza
descubierta, sin lentes o cualquier
otra prenda que impida la plena
identificación de la persona y tomada
con una anterioridad no mayor a 30
días de la tramitación del pasaporte.
Adicionalmente, se le tomará una
fotografía "digital" en la Delegación
de la SRE.
VI. Entregar el comprobante del pago
de derechos.
Invariablemente el pago de derechos se
realiza mediante una transferencia
electrónica de fondos en las
instituciones de crédito autorizadas
por el SAT, con ingresar a sus
portales de los bancos autorizados o
bien, en las ventanillas bancarias
respectivas, presentando el formato
para el pago de pasaportes en
ventanilla bancaria que puede obtener
en la página de Internet de la SRE o
en forma gratuita, en cualquiera de
nuestras Delegaciones.
El pasaporte ordinario tendrá una
vigencia de 1, 3 ,6 ó 10 años de
acuerdo a lo siguiente:
Será de 1 año en los siguientes casos:
a) Para los menores de 3 años de edad;
b) Para las personas que requieran
atención médica o psicológica de
urgencia;
c) Para los interesados que no puedan
cumplir todos los requisitos que
determina el Reglamento de Pasaportes,
por causas debidamente justificadas
ante la Secretaría, o
d) Para las personas que se encuentren
en el extranjero, por razones de
protección consular.
Será de 3 ó 6 años para los mexicanos
mayores de tres años, menores de 18
años de edad y trabajadores agrícolas.
Será de 3,6 ó 10 años para los
mexicanos mayores de edad.
NOTA.- Todos los documentos
originales o copias certificadas que
presente deberán ir acompañados de su
copia simple en hoja tamaño carta
incluyendo, en su caso el reverso de
los mismos. Si el documento es el
pasaporte mexicano, deberá fotocopiar
la primera y última hoja, o bien donde
se encuentre la fotografía, datos del
titular y el número de libreta del
documento.
Última actualización el Lunes, 04
de Octubre de 2010
REQUISITOS PARA OBTENER PASAPORTE POR
PRIMERA VEZ PARA MENORES DE EDAD
Los requisitos que deberán cumplir los
mexicanos, menores de edad para
obtener un pasaporte ordinario
mexicano son los siguientes:
I. Presentar al menor en cualquier
Delegación de la SRE u Oficina de
Enlace. En virtud de ser un trámite
personalísimo, la presencia del menor
es de suma importancia, por lo que
deberá asistir a cualquiera de
nuestras Delegaciones u Oficinas de
Enlace para realizar el trámite.
II. Llenar a mano con tinta negra y
letra de molde la Solicitud de
Pasaporte Ordinario Mexicano (OP5 y
OP7 formatos de solicitud) .
III. Acreditar la nacionalidad
mexicana mediante la presentación, y
en su caso, la entrega de alguno de
los siguientes documentos:
1. Acta de nacimiento, emitida y
certificada por el Oficial del
Registro Civil o por los Consulados o
Secciones Consulares de las
Representaciones Diplomáticas de
México en el Exterior. Si el acta de
nacimiento emitida o certificada por
el Oficial del Registro Civil es de
registro extemporáneo (registro
posterior a 1 año del nacimiento) Ver
documentación complementaria, la SRE
se reserva el derecho de verificar su
autenticidad ante el Registro Civil
que corresponda o, en su caso, el
interesado podrá aportar las
siguientes pruebas:
A. Certificado de alumbramiento,
invariablemente para menores de 12
años;
B. Copia certificada, por el juzgado
de origen, de la resolución judicial
por la cual se concede la adopción del
menor, así como el auto por el cual
causó ejecutoria.
Nota: Los documentos que contengan
alteraciones, tachaduras, enmendaduras
o sean ilegibles, carecerán de validez.
2. Carta de Naturalización.
IV. Presentar una de las siguientes
identificaciones con fotografía del
menor:
A. Pasaporte mexicano;
B. Certificado de estudios;
C. Constancia del grado de estudios
que cursa (expedida con una
anterioridad no mayor a 30 días
naturales) o, en su defecto,
credencial escolar vigente, los cuales
deberán tener fotografía con sello
oficial (deberá incluir el número de
incorporación a la SEP) de la
institución emisora sobre la misma,
firma y cargo de quien los expide;
D. Credencial vigente de servicios
médicos de una Institución Pública de
Salud o Seguridad Social con
fotografía, sello sobre la foto, firma
y cargo de quien la expide. Los
Carnets de Citas únicamente serán
aceptado si éstos están vigentes y
cuentan con nombre, fotografía del
menor cancelada con sello oficial,
firma y cargo de quien lo expide;
E. Matrícula consular o
F. Exclusivamente para los menores de
7 años, a falta de cualquiera de las
identificaciones antes mencionadas,
podrán presentar carta del médico que
atendió el parto, del pediatra o del
médico familiar, cumpliendo con los
siguientes requisitos (véase ejemplo)
:
1. Hoja membretada;
2. Nombre y firma del médico que la
expide;
3. Nombre de los padres y el menor;
4. Fotografía del menor y sello sobre
la misma;
5. Tiempo de ser el médico pediatra o
familiar;
6. Copia simple y legible de la cédula
profesional del médico que expidió la
constancia y
7. Con una antigüedad no mayor a 30
días naturales contados a partir de la
fecha de su expedición.
NOTA.- El nombre asentado en la
identificación que presente deberá
concordar fielmente con el asentado en
el documento con el que se acredite la
nacionalidad del interesado.
V. Entregar mínimo dos fotografías
a color, tamaño pasaporte (4.5 x 3.5
cm.): De frente, fondo blanco, cabeza
descubierta, sin lentes o cualquier
otra prenda que impida la plena
identificación de la persona y tomada
con una anterioridad no mayor a 30
días de la tramitación del pasaporte.
Adicionalmente, se le tomará una
fotografía "digital" en la Delegación
de la SRE.
VI. Comparecer personalmente ambos
padres o quienes ejerzan la patria
potestad o tutela, acompañados de:
A. Una identificación oficial, con
fotografía;
B. Permiso OP-7, Ver Formatos de
Solicitud
C. El tutor deberá presentar copia
certificada, por el Juzgado de origen,
de la resolución judicial que le
confirió su cargo y, en su caso, del
auto por el cual causó ejecutoria
dicha resolución.
Las identificaciones oficiales con
fotografía aceptadas para los efectos
de la fracción VI, inciso “A” de los
presentes requisitos son:
A. Pasaporte mexicano;
B. Credencial de elector;
C. Certificado de estudios;
D. Credencial escolar vigente, que
contenga fotografía y sello oficial
(el sello deberá incluir el número de
incorporación a la SEP) de la
institución emisora sobre la misma,
firma y cargo de quien la expide;
E. Cédula profesional;
F. Título profesional;
G. Carta de pasante con fotografía y
sello oficial sobre la misma de la
institución emisora, firma y cargo de
quien la expide;
H. Credencial vigente de Servicios
médicos de una Institución Pública de
Salud o Seguridad Social, con
fotografía, sello sobre la foto, firma
y cargo de quien la expide. NO SE
ACEPTAN CARNETS DE CITAS;
I. Credencial de trabajo vigente de
Dependencia o Entidad Gubernamental;
J. Credencial del INAPAM (Instituto
Nacional de las Personas Adultas
Mayores, antes INSEN);
K. Credencial para jubilados y
pensionados;
L. Matrícula consular;
M. Carta de naturalización;
N. Declaratoria de nacionalidad
mexicana por nacimiento;
O. Certificado de nacionalidad
mexicana;
P. Cédula de Identidad Ciudadana,
emitida por SEGOB conforme al artículo
107 de la Ley General de Población;
Q. Forma migratoria vigente con
fotografía (FM2 o FM3) y pasaporte
vigente (en caso de ser extranjero), o
R. Cartilla del Servicio Militar
Nacional Liberada.
NOTA.- El nombre asentado en la
identificación que presente deberá
concordar fielmente con el asentado en
el documento con el que se acredite la
nacionalidad del menor.
En caso de que uno o ambos padres,
quien(es) ejerza(n) la patria potestad
o tutela no puedan comparecer
personalmente ante la Delegación u
Oficina de Enlace, favor de dar clic
aquí.
VII. Entregar el comprobante del
pago de derechos. Invariablemente el
pago se realiza mediante una
transferencia electrónica de fondos en
las instituciones de crédito
autorizadas por el SAT, con ingresar a
los portales de los bancos autorizados
o bien, en las ventanillas bancarias
respectivas, presentando el formato
para el pago de pasaportes en
ventanilla bancaria que puede obtener
en la página de Internet de la SRE o
en forma gratuita, en cualquiera de
nuestras Delegaciones.
El pasaporte ordinario tendrá una
vigencia de 1, 3 ó 6 años de acuerdo a
lo siguiente:
Será de 1 año en los siguientes casos:
El pasaporte ordinario tendrá una
vigencia de 1, 3 ó 6 años de acuerdo a
lo siguiente:
Será de 1 año en los siguientes casos:
a) Para los menores de 3 años de edad;
b) Para las personas que requieran
atención médica o psicológica de
urgencia;
c) Para los interesados que no puedan
cumplir todos los requisitos que
determina el presente Reglamento,
por causas debidamente justificadas
ante la Secretaría, y
d) Para las personas que se encuentren
en el extranjero, por razones de
protección consular;
Será de 3 ó 6 años para los mexicanos
mayores de tres años, menores de 18
años de edad y trabajadores agrícolas.
NOTA.- Todos los documentos
originales o copias certificadas que
presente deberán ir acompañados de su
copia simple en hoja tamaño carta
incluyendo, en su caso el reverso de
los mismos. Si el documento es el
pasaporte mexicano, deberá fotocopiar
la primera y última hoja, o bien donde
se encuentre la fotografía, datos del
titular y el número de libreta del
documento.
Última actualización el Lunes, 04
de Octubre de 2010
Abogados
en Tijuana B.C. Mexico Casanova y
Asociados.
Domicilio: German Gedovius 10605 - l
Suite 105, Zona Rio, Tijuana, B.C.
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Accidentes Tel: 1-866-ABOGADA (
1-866-226-4232 )